Planeamiento fiscal preventivo, determinación técnica de impuestos mensuales y anuales (RMT, Régimen General) y patrocinio inmediato ante esquelas de citación, cruces inductivos y fiscalizaciones de la Intendencia Regional Arequipa.
SUNAT ha intensificado los cruces de información digital mediante el SIRE y los comprobantes electrónicos. Ante cualquier notificación, nuestro equipo actúa con sustento probatorio:
Atención a inconsistencias por cruces de compras y ventas, retenciones no declaradas o gastos de proveedores no habidos. Formulamos el escrito formal fundamentado en la ley tributaria.
Armado de carpetas de fehaciencia de operaciones: contratos, guías de remisión, bancarización y sustento probatorio ante auditores de la Intendencia Regional Arequipa.
Estructuración legítima de tus deducciones de gastos operativos para el Impuesto a la Renta anual de 3ra categoría, evitando contingencias y sobrepagos fiscales.
Gestión documentada para la devolución de pagos en exceso, retenciones, percepciones acumuladas y saldo a favor del exportador ante SUNAT.
Acogimiento legal para refinanciar deudas tributarias en cuotas cómodas, evitando de inmediato el embargo coactivo de tus cuentas bancarias.
Cada intervención de nuestro equipo cuenta con un expediente documentado, plazos estrictos y base legal verificable:
| Actividad Tributaria | Plazo y Frecuencia | Entregable Formal al Contribuyente | Base Legal y Respaldo |
|---|---|---|---|
| Descargo a Esquelas de Citación o Inductivas | Dentro del plazo legal de 5 a 10 días hábiles | Escrito fundamentado con anexo probatorio XML y bancarización ingresado en Mesa de Partes SOL | Art. 62° del Código Tributario |
| Auditoría Preventiva Pre-SUNAT | Semestral o a requerimiento especial | Informe de diagnóstico tributario con cálculo de contingencias y plan de rectificatorias | Régimen de Gradualidad (Res. 063-2007/SUNAT) |
| Defensa Técnica en Fiscalización | Durante todo el procedimiento inspectivo | Expediente de fehaciencia de operaciones: contratos, kárdex, guías y sustento de valor de mercado | Jurisprudencia RTF N° 01795-1-2018 |
| Solicitud de Devolución de Saldos a Favor | Mensual / Anual según acumulación | Formulario 4949, sustento de créditos y seguimiento hasta el abono en cuenta bancaria | Art. 39° Código Tributario / Ley del IGV |
| Fraccionamiento y Aplazamiento | Inmediata ante orden de pago | Resolución de intendencia de aprobación y cronograma de cuotas mensuales | Art. 36° del Código Tributario |
Cuatro fases metódicas para neutralizar reparos y proteger el patrimonio de la empresa:
Analizamos la esquela o requerimiento, identificamos el origen del cruce y verificamos la fecha límite para evitar sanciones por presentación extemporánea.
Revisamos la bancarización de compras, comprobantes electrónicos XML, guías de remisión y cuentas de detracciones para sustentar la fehaciencia del gasto.
Redactamos el descargo formal fundamentado en resoluciones del Tribunal Fiscal y lo presentamos vía Mesa de Partes Virtual con firma profesional.
Damos seguimiento riguroso al expediente hasta la obtención de la constancia de archivamiento con S/ 0 en reparos o la máxima rebaja legal.
Criterios técnicos directos para empresarios y contribuyentes en Arequipa:
El plazo habitual es de 5 a 10 días hábiles computados a partir del día hábil siguiente a la notificación en el Buzón Electrónico SOL. Si no se atiende oportunamente, la SUNAT emite multas por infracción al Art. 177° del Código Tributario y puede elevar el expediente a una fiscalización definitiva.
Ocurre comúnmente por cruces automáticos de terceros: compras a proveedores declarados "no habidos", inconsistencias en retenciones, diferencias entre el ITF de tus cuentas bancarias y las ventas declaradas, o deducciones de gastos que SUNAT considera no fehacientes.
Sí. A través del Régimen de Gradualidad (Res. N° 063-2007/SUNAT), cuando se subsana la omisión voluntariamente antes de la notificación formal de la resolución de multa, se puede acceder a rebajas de hasta el 95% o 100% de la sanción económica.
Puedes agendar una cita directa por WhatsApp al 994 212 471 o visitarnos en nuestra oficina de Calle Siglo XX 110-C, Oficina 309, 3er Piso, Arequipa 04001, Perú.
No dejes vencer la fecha límite. Analizamos tu notificación sin compromiso y te indicamos la estrategia legal-contable a seguir.